El Salvador





CONSTITUCION DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR:



LOS DERECHOS Y GARANTIAS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

CAPITULO I

ARTICULO 3.-
Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión

ARTICULO 25.-
Se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones, sin más l’mite que el trazado por la moral y el orden publico. Ningun acto religioso servirá para establecer el estado civil de las personas.

ARTICULO 26.-
Se reconoce la personalidad juridica de la Iglesia Católica. Las demás iglesias podrán obtener, conforme a la ley, el reconocimiento de su personalidad.





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